Un convenio laboral es un acuerdo suscrito entre el patrón y el trabajador en el que se establecen las prestaciones y los derechos otorgados al trabajador al término de la relación laboral, y en el que el trabajador manifiesta estar de acuerdo con la cantidad entregada por la extinción del vínculo laboral.
En este sentido, el artículo 33, segundo párrafo, de la LFT dispone que todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá cumplir lo siguiente:
Hacerse por escrito
Contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven
Ratificarse ante la JCA que lo aprobara siempre que no tenga renuncia a los derechos de los trabajadores